El alto tribunal rechaza la aplicación de la disposición transitoria de 1995 que defendía la Fiscalía
, similar a la que se incluyó en la reforma del Código Penal de 1995, que establecía que cuando la pena que se impuso al agresor sigue dentro de la horquilla prevista para ese delito por el nuevo Código Penal no se rebaja el castigo. La Fiscalía defiende que, aunque la norma impulsada por el Ministerio de Igualdad no la incluyera, esa disposición debía aplicarse porque así lo ha establecido el alto tribunal para otras reformas penales.
La Fiscalía no se pronunciará sobre las resoluciones del Supremo hasta conocer su contenido completo, pero fuentes del ministerio público han mostrado su malestar por el aval unánime del tribunal a las rebajas.
Tras conocer la decisión del Supremo, la ministra de Igualdad, Irene Montero, ha publicado un mensaje en su cuenta de Twitter. “El Tribunal Supremo rechaza el criterio unánime de la Fiscalía respecto a la vigencia del derecho transitorio. Es una mala noticia”, ha escrito Montero. Según el último balance del Consejo General del Poder Judicial , hasta el 1 de mayo se habían acordado 1.079 rebajas y 108 excarcelaciones. La reforma penal impulsada por el Ministerio de Igualdad ya ha sido modificada a partir de, que agrava el castigo para las agresiones con violencia o intimidación o cuando la víctima tenga anulada su voluntad, pero la nueva norma solo se aplica para las agresiones cometidas a partir de su entrada en vigor .
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